Orden Ejecutiva del Presidente Obama: ¿Qué significa para usted?
May 4th, 2022
Preguntas Frecuentes sobre la Orden Ejecutiva de Obama de diciembre de 2014
por Desmond P. FitzGerald, Abogado de Inmigración, Boston, MA
Queridos amigos,
Si usted es como la mayoría de los inmigrantes en los EE.UU., probablemente se esté preguntando quién se beneficiará de la Orden Ejecutiva recientemente anunciada por el presidente Obama.
Probablemente ha escuchado acerca de los principales beneficios para los inmigrantes indocumentados que califiquen para DAPA, pero ¿qué significa para usted exactamente y cuánto tiempo tomará para que la Orden Ejecutiva del Presidente tome efecto? Además, es posible que desee saber por qué esta Orden Ejecutiva se encuentra dentro de la autoridad legal del presidente. Nuestro boletín de este mes, trata de responder a estas preguntas con la limitada información disponible actualmente, sin embargo, le mantendremos informado tan pronto como se revelen más detalles sobre la Orden Ejecutiva.
Es importante tener en cuenta, que los beneficios de esta Orden Ejecutiva sólo pueden ser temporales (esto no es una ley, como muchos equivocadamente la llaman), y por lo tanto usted debe actuar lo antes posible si usted es elegible bajo la ley de inmigración actual, para obtener una visa de inmigrante o residencia en Estados Unidos / Tarjeta de Residencia, o para cualquier otro tipo de beneficio de inmigración o visa, aunque esto tome su tiempo. Si usted está interesado en vivir permanentemente en los EE.UU., siempre debe aplicar para la residencia y ciudadanía tan pronto como cumpla las condiciones para ser elegible. De la misma manera, como parte de la comunidad de inmigrantes en los EE.UU., debemos mantener la presión sobre el Congreso para aprobar la legislación apropiada, de modo que garantice un camino hacia la ciudadanía de los inmigrantes, para que puedan seguir contribuyendo como parte productiva de nuestra sociedad. Por favor, envíe esto a todos sus conocidos que puedan encontrar útil esta información sobre inmigración a los Estados Unidos.
Gracias por ser un suscriptor leal de nuestros Boletines Informativos sobre la ley de inmigración. Póngase en contacto con nuestros abogados de inmigración en Boston, llamando al (617) 303-2600 si usted está interesado en programar una cita para hablar sobre su caso específico y obtener representación legal.
PREGUNTAS FRECUENTES SOBRE LA ORDEN EJECUTIVA DE OBAMA:
1. ¿Quién se beneficiará de la Orden Ejecutiva que anunció el Presidente Obama recientemente?
Los grupos de personas elegibles para las siguientes categorías, se beneficiaran de la Orden Ejecutiva de Obama:
I. Expansión y Extensión de DACA (Acción Diferida para Inmigrantes Llegados en la Infancia)
La fecha límite para DACA se extenderá de Junio 2007 a Julio 1, 2010, que quiere decir que jóvenes que entraron en Julio 1, 2010 o antes y que tenían menos de 16 años en el momento de entrar, ahora serán elegibles para beneficios de DACA. (Lea más sobre la regulación actual de DACA)
Cualquier individuo a quien se le haya otorgado DACA o la extensión de DACA se beneficiará también, ya que ahora tendrán autorización de trabajo por 3 años, en lugar de 2 años que era lo permitido bajo el programa anterior.
II. DAPA (Acción Diferida por Responsabilidad de Padres)
Padres de ciudadanos y residentes legales permanentes de Estados Unidos (padrastros están incluidos, si el matrimonio con el padre natural sucedió antes de que el hijastro cumpliera los 18 años), que han estado presentes en el país desde Enero 1, 2010, serán elegibles para obtener autorización de empleo por 3 años, a través del programa llamado DAPA (Acción Diferida por Responsabilidad de Padres), si pasan los chequeos de seguridad. Se espera que los requisitos del programa requeriran que los padres de ciudadanos y residentes de Estados Unidos paguen impuestos y proveerán sustento económico para sus hijos.
III. Expansión del “Perdón” o Exención I-601A
Los cónyuges e hijos de residentes permanentes legales y ciudadanos de Estados Unidos podrán utilizar una exención I-601A para eliminar la restricción de 3 y 10 años, por haber tenido presencia ilegal en los Estados Unidos, que les requeriría permanecer fuera de los Estados Unidos por este periodo de tiempo antes de poder recibir la residencia basada en una petición familiar. La regulación actual solo provee este beneficio para los cónyuges e hijos de ciudadanos Estadounidenses.
IV. Beneficiarios de Residencia (Visa de Inmigrante) por Empleo
Individuos que tienen una petición de residencia basada en empleo pendiente, se beneficiaran de las reformas que se le hagan al Boletín de Visas que prometen hacerlo más efectivo para utilizar todas las visas disponibles y hacer que las fechas de prioridad sean más predecibles.
V. Residentes que son elegibles para aplicar para ciudadanía
El nuevo programa promoverá la educación para la ciudadanía y la conciencia publica entre los residentes permanentes legales además de dar la opción de pagar los cargos de la aplicación de ciudadanía con tarjeta de crédito.
VI. Estudiantes
Bajo el nuevo programa el número de individuos que serán elegibles para beneficios de OPT (Entrenamiento Practico Opcional) se incrementará y los periodos de tiempo que OPT estará disponible serán extendidos.
VII. Negocios Estadounidenses, inversionistas extranjeros, investigadores, inventores y empleados extranjeros de altas habilidades/calificación.
- Esposos de ciertos portadores de la visa H-1B que están en el proceso de obtener residencia permanente legal, serán elegibles para recibir autorización de trabajo.
- El standard por el cual se otorga la “Exención por Interés Nacional” (national interest waiver) a inversionistas extranjeros, investigadores, y fundadores de empresas que beneficien a la economía de los Estados Unidos será clarificado.
- Restricciones innecesarias en la progresión de carrera y movilidad de empleo para aquellos que se encuentran en el proceso extenso de ajuste de estatus a residencia permanente legal, serán removidas.
- Ciertos inversionistas elegibles, investigadores y fundadores de nuevas empresas que todavía no puedan calificar para la “Exención por Interés Nacional”, podrán ser autorizados para “parole” en ciertos casos. El estatus de “parole” les permitirá entrar, permanecer y trabajar en los Estados Unidos y posiblemente entrar de nuevo a los EE.UU. luego de viajar fuera del país.
2. ¿Cuáles son los principales beneficios para los inmigrantes indocumentados que califiquen para DAPA?
Los beneficios directos para la mayoría serán la Autorización de Trabajo y el alivio del miedo a ser deportado en la vida cotidiana (aun si este alivio es solo temporal). Existen también beneficios complementarios que vienen con la autorización de trabajo, que incluyen la posibilidad de obtener seguro de salud a través de un empleador, obtener licencia de conducir y seguro de auto, la posibilidad de abrir una cuenta de banco y obtener crédito para poder comprar casa, auto, o abrir un negocio propio, y la potencialmente la oportunidad de obtener un mayor sueldo.
El beneficio para aquellos que han aplicado para la residencia o van a aplicar para la residencia, conocida también como la visa de inmigrante, es que habrá un mejor sistema para poder predecir cuando estarán disponibles estas visas.
3. ¿Cuánto tiempo tomará para que la Orden Ejecutiva del Presidente tome efecto?
Según reporta el USCIS, algunos beneficios pueden entrar en efecto en 90 días (DACA) del anuncio del Presidente Obama en Noviembre 20, 2014; mientras que otros pueden demorar hasta 180 días (DAPA) para entrar en efecto.
4. ¿Qué pueden hacer los inmigrantes elegibles para DAPA, para estar listos cuando la Orden Ejecutiva recientemente anunciada entre en efecto?
Los inmigrantes elegibles para DAPA pueden ir recolectando la documentación necesaria para probar que cumplen con los requisitos para este beneficio. Por ejemplo,
- Certificado de nacimiento para probar edad e identidad
- Certificados de nacimiento de hijos nacidos en los Estados Unidos o hijos residentes de EE.UU. para probar la relación padre/hijo
- Certificado de matrimonio para probar la relación de padrastro (para calificar el matrimonio con el padre natural debe haber sucedido antes de que el hijastro cumpla los 18 años).
- Documentos que prueben que usted ha vivido en los Estados Unidos por 5 años sin interrupción. (i.e. contrato de alquiler de vivienda, cuentas de electricidad y servicios, declaraciones de impuestos, records de escuela de sus hijos, registros médicos, etc.
- Records de corte y reportes de la policía para cualquier interacción previa con las autoridades (aun si esto fue solo por un incidente de tráfico).
5. ¿Por qué algunos Republicanos están en contra de la Orden Ejecutiva del Presidente y han tomado acción legal contra él?
Existe una parte del partido Republicano que es “anti-inmigración” (i.e. la facción del partido denominada “Tea Party”), y sus líderes han prometido a sus constituyentes no aprobar ninguna ley que provea beneficios a los inmigrantes que se encuentren en los Estados Unidos sin permiso.
Después de haber ganado un gran núuacute;mero de puestos dentro del Congreso en las elecciones recientes y tomado el control de ambas cámaras del congreso, los líderes Republicanos no quieren arriesgarse a aparecer apoyando propuestas pro-inmigración, ya que una gran mayoría del electorado Republicano ha expresado su sentimiento anti-inmigración. Esto fue claramente evidente, cuando el segundo Republicano más poderoso en la Cámara de Representantes perdió su puesto por que apoyaba una propuesta de ley de inmigración moderada.
Dado el mayor número de Republicanos que ha sido elegido recientemente, el partido Republicano debe “aparentar” ser lo suficientemente fuerte para prevenir que el Presidente provea beneficios a los inmigrantes sin su aprobación. Realizando una demanda contra el Presidente como lo han hecho, aun si esta no es exitosa (como muchos expertos legales creen, incluyendo a nuestro abogado fundador y Director, Desmond P. FitzGerald), los Republicanos podrán salvar su honor echándole la culpa a un “juez liberal” y de esta forma mantenerse fieles a su posición y promesas hechas a su electorado.
6. ¿Por qué está dentro de la autoridad legal del Presidente la nueva Orden Ejecutiva?
El Presidente tiene el derecho de crear políticas e implementar programas para ejecutar las leyes de los Estados Unidos (el mismo congreso ha reconocido esto) y la ley 6 U.S.C. 202 (5), dirige al Secretario de Seguridad Nacional para establecer “políticas y prioridades para la aplicación de la ley de inmigración”. “Aplazar una acción de deportación” y presentar un permiso de trabajo están incluidas dentro de las prioridades relacionadas a “inmigración”, que es esencialmente lo que el Presidente ha expuesto en su reciente anuncio de Orden Ejecutiva.
7. ¿Por qué tuvo que esperar hasta ahora el Presidente para poder emitir esta Orden Ejecutiva?
El partido del Presidente (Demócrata), enfrentaba un ciclo electoral muy difícil en las elecciones de medio término en Noviembre 2014 y las políticas de inmigración son frecuentemente poco populares con el electorado. Por lo tanto, si el Presidente hubiera anunciado detalles de su política de inmigración más temprano, lo más probable es que esto hubiera tenido un impacto aún más negativo para los miembros de su partido que enfrentaban elección y reelección. Ahora que el ciclo de elección ha terminado, el Presidente tiene más flexibilidad para implementar nuevas políticas de inmigración. Adicionalmente, tan reciente como Junio de 2013, la legislatura había venido avanzando con una propuesta de reforma de inmigración que hubiera hecho innecesaria la Orden Ejecutiva del presidente. Una propuesta de ley puede convertirse en ley, que tiene mayor alcance y autoridad duradera que una Orden Ejecutiva y por lo tanto es preferible.
8. ¿Cuáles son los beneficios que la economía y las empresas pueden ganar de esta Orden Ejecutiva?
Nuestro fundador, el abogado de inmigración de Massachusetts Desmond P. FitzGerald, está de acuerdo con la mayoría de los economistas que creen que la Orden Ejecutiva del Presidente lograría varios beneficios económicos a los EE.UU., y que estos beneficios sería aún mayores si hubiera una reforma migratoria integral en el Congreso. Las siguientes son varias formas en que las empresas y la economía pueden ser afectadas por la Orden Ejecutiva de Obama:
- Un mayor número de trabajadores autorizados puede hacer que sea más fácil para los empleadores, encontrar el personal que necesitan para manejar sus negocios, ya que habrá una mayor oferta de trabajadores calificados. Esto a su vez puede conducir a un crecimiento con una mayor eficiencia económica.
- Los salarios potencialmente más altos para los inmigrantes les permitirá consumir más y participar de ese modo más plenamente en nuestra economía.
- Cuando los inmigrantes tienen empleo regular y el permiso para quedarse, tienden a gastar sus ingresos a nivel local, consumiendo bienes y servicios prestados por las empresas del área, en lugar de enviar su dinero fuera de los EE.UU.
- Una inmigración creciente hará que se expanda la fuerza laboral estadounidense, lo que ayuda a mantener a nuestra población retirada y al sistema de seguridad social.
- El aumento de los ingresos tributarios de los trabajadores autorizados pueden reducir nuestro déficit y proporcionar al gobierno, una mayor inversión en áreas importantes como la mejora de la infraestructura.
- Con las inversiones en infraestructura se benefician las empresas en varias formas. Un mejor transporte que puede conducir a un aumento de las transacciones comerciales y un mayor acceso a mercados, mientras que estas inversiones pueden generar contratos de construcción y empleo.
- Cambios en el proceso de inmigración pueden hacer que sea más fácil para los inmigrantes altamente calificados, el permanecer en los EE.UU., para dirigir y crear nuevas empresas que generen más empleo y crecimiento económico para el país.
Si usted ya se encuentra, o va a venir a Massachusetts o sus alrededores y necesita ayuda para procesar su petición de inmigración, para realizar una demanda por lesiones en un accidente o para defensa de cargos criminales, llame para hacer una cita con uno de nuestros abogados especializados en Inmigración, defensa penal y lesiones personales, llamando al: (617) 303-2600.
Sinceramente,
Desmond P. FitzGerald and
El equipo de FitzGerald & Company
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