Abogados de Inmigración para Jóvenes Inmigrantes Especiales (Special Immigrant Juveniles-SIJ)
En FitzGerald Law Company, entendemos las complejidades de las leyes de inmigración, especialmente cuando se trata de poblaciones vulnerables. Nuestro equipo experimentado está comprometido a guiar a los “jóvenes inmigrantes especiales” (SIJ) y sus tutores a través del proceso legal, garantizando que sus derechos estén protegidos y que se priorice su bienestar.
¿Qué es la Clasificación de Jóven Inmigrante Especial (SIJ)?
La clasificación de Inmigrante Juvenil Especial (SIJ) fue diseñada para niños extranjeros que se encuentran en los Estados Unidos y han sido abusados, descuidados o abandonados por uno o ambos padres y, por lo tanto, no pueden reunirse con ellos. La petición de Inmigrante Juvenil Especial ofrece una vía para que los menores elegibles obtengan la residencia permanente legal en los Estados Unidos, brindándoles la oportunidad de escapar de condiciones inseguras y construir un futuro mejor en los Estados Unidos. El estatus migratorio protector SIJ está disponible para menores que han sido ordenados “dependientes” por un tribunal de menores o de familia.
¿Quién es Elegible para el Estatus o Clasificación SIJ?
Para calificar para el estatus de Inmigrante Juvenil Especial, un menor debe cumplir con los siguientes requisitos de elegibilidad:
- Calificar como menor de edad: según la ley estatal aplicable (es decir, para muchos estados es una persona soltera menor de 18 años, pero para otros estados como Massachusetts es una persona soltera menor de 21 años), y así estar sujeto a la jurisdicción de un tribunal estatal como menor.
- Dependencia de un tribunal o agencia: el menor debe estar sujeto a la jurisdicción de un tribunal de menores o de familia, o haber sido internado legalmente o puesto bajo la custodia de una agencia o departamento estatal.
- Determinación de su mejor interés: el tribunal de menores o el tribunal de familia debe determinar que no es lo mejor para el niño regresar a su país de origen debido a abuso, negligencia o abandono por parte de uno o ambos padres.
- Inviabilidad de la reunificación: el Tribunal de Menores o de Familia debe dictaminar que el menor no debe reunirse con uno o ambos padres debido a abuso, negligencia o abandono.
- Presencia en los EE. UU.: el menor debe estar físicamente presente en los Estados Unidos en el momento en que se presentan las peticiones ante el Tribunal y en el USCIS y, en general, en el momento en que el USCIS toma una decisión sobre su petición, a menos que se le haya concedido permiso para viajar al extranjero.
Aprobación de la I-360 y Elegibilidad para la Residencia Americana
Se debe presentar un formulario I-360 antes de que el menor cumpla 21 años. La fecha en que USCIS reciba el I-360 establecerá la “Fecha de prioridad” para la petición.
Generalmente, la petición I-360 se adjudicará dentro de los 6 meses y, si se aprueba, la persona podrá presentar una solicitud de autorización de trabajo, formulario I-765. Cuando se emite el permiso de trabajo, a la persona se le volverá a emitir un Número de Seguro Social, si no tiene uno. Además, se les podrá permitir renovar su permiso de trabajo hasta que se les conceda la residencia.
Se puede presentar una solicitud de Estatus de Residente Permanente Legal, formulario I-485, una vez que se alcance su “Fecha de Prioridad” en el “Boletín de Visas”.
Duración y Renovabilidad
Una vez que se otorga la residencia, ese estatus es permanente y no es necesario renovarlo y las personas pueden vivir y trabajar en los EE. UU. indefinidamente. La tarjeta de residencia en sí, o “Green Card”, tiene una validez de 10 años y puede renovarse. Una vez que los inmigrantes juveniles especiales se convierten en residentes permanentes legales, pueden ser elegibles para solicitar la ciudadanía estadounidense después de cumplir con los requisitos necesarios.
¿Qué Documentos se Necesitan Generalmente para una Petición SIJ?
Una petición de Residencia como Joven Inmigrante Especial generalmente requiere los siguientes documentos:
- Copia del Acta de Nacimiento o Acta de Adopción
- Copia del Pasaporte completo (si está disponible)
- Copia de la visa actual y la I-94 (si está disponible)
- Copia de cualquier procedimiento anterior en el tribunal de menores o registros del procedimiento de custodia (si corresponde)
- Copia de la Prueba de Ciudadanía/Residente y Estado Civil del Tutor (si corresponde):
- Tarjeta verde
- Certificado de nacimiento
- Pasaporte
- Acta de matrimonio / Acta de divorcio
- Copia de la Información Financiera del Tutor (Declaración de Impuestos) (si corresponde)
- Declaración juramentada de los padres (o padre) biológicos sobre el abandono del niño y consentimiento a la orden de custodia del tribunal (si está disponible)
- Declaración Juramentada con detalles sobre el abuso, negligencia y abandono por parte de uno de los padres
- Declaración juramentada del tutor sobre la historia del niño y su capacidad para brindar atención y apoyo
- Registros médicos, escolares, terapéuticos y financieros que demuestren el abandono por parte de uno de los padres
Si un menor está en proceso de deportación, se necesitan los siguientes documentos adicionales:
- Copia completa de cualquier solicitud, aviso, registro y documento de respaldo de inmigración presentado anteriormente o recibido de cualquier agencia del gobierno de los EE. UU. (USCIS, ICE, CBP, NVC, Consulado, EOIR, Tribunal de Inmigración….)
- Copia completa de los registros policiales y judiciales certificados de cualquier caso penal de padres o hijos, incluido el informe policial, la denuncia penal, la declaración de culpabilidad y cualquier otro documento (si corresponde).
NOTA – Todos los documentos deben estar traducidos. Las traducciones no tienen que ser formales ni notarizadas. Las traducciones deben ser completas y precisas y deben contener una certificación que diga: “Yo ____ (nombre) por la presente declaro que esta es una traducción verdadera y precisa del documento anterior y que hablo con fluidez inglés y ______ (idioma)”.
Es permitido que usted traduzca sus propios documentos.
¿Cuáles son los Beneficios Familiares del Estatus SIJ?
Los beneficios de un SIJ I-360 aprobado incluyen:
- Autorización de trabajo: Los beneficiarios de un SIJ I-360 aprobado pueden solicitar autorización de trabajo con una petición I-765.
- Oportunidades educativas: acceso a recursos educativos y posible ayuda financiera.
- Beneficios de atención médica: Elegibilidad para ciertos beneficios públicos y acceso a cobertura de salud.
- Residencia en Estados Unidos: Elegibilidad para solicitar la Residencia Permanente Legal una vez que se alcance su “Fecha de Prioridad” según el Boletín de Visas.
Una vez que se otorga la residencia SIJ, el individuo puede solicitar la residencia en los EE. UU. para un cónyuge o un hijo menor, pero nunca podrá solicitar ningún beneficio de inmigración para un padre o hermano.
¿Cuál es el Proceso para Obtener la Clasificación SIJ y la Residencia Estadounidense Basada en SIJ?
El proceso para obtener el estatus de residencia basado en SIJ implica tres etapas, como se describe a continuación:
- Procedimientos ante el tribunal de menores o de familia: Iniciar o participar en procedimientos ante el tribunal de menores para obtener las órdenes judiciales necesarias. Esto debe dar lugar a la emisión de “determinaciones especiales” de que el menor está sujeto a la jurisdicción del tribunal, ha sido descuidado, abandonado o abusado por uno de sus padres, lo que impide la reunificación, y que esát en el “mejor interés” del menor permanecer en los Estados Unidos.
- Presentación ante USCIS: Una vez que la corte emite las ordenes o determinaciones pertinentes, el menor debe presentar el Formulario I-360, Petición para Amerasiático, viudo(a) o inmigrante especial, ante el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los EE. UU. (USCIS), para aprobación de su solicitud para clasificación SIJ. La fecha de presentación del formulario I-360 establecerá la “Fecha de prioridad” para la petición.
- Ajuste de Estatus: Una vez que la fecha de prioridad esté actualizada en el Boletín de Visas, el menor puede solicitar ajustar su estatus al de residente permanente legal con el formulario I-485.
¿Cuáles son las tarifas de presentación de USCIS para la residencia SIJ?
Actualmente, no hay tarifas de presentación para el Formulario I-360, el Formulario I-765 o el Formulario I-485, como Inmigrante Juvenil Especial.
Revisar las tarifas del Servicio de Inmigración de EE. UU., ya que cambian periódicamente.
¿Cuáles son los Honorarios de Nuestros Abogados de Inmigración de Boston para Solicitar la Clasificación SIJ y la Residencia Estadounidense Basada en SIJ?
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Solicite una consulta con uno de nuestros abogados experimentados en inmigración para SIJ o llame al 617-303-2601.
¿Dónde Puedo Obtener más Información Sobre las Peticiones de Inmigración SIJ?
Para obtener información adicional sobre la clasificación SIJ, los solicitantes pueden consultar las siguientes fuentes oficiales del gobierno:
- Servicios de Ciudadanía e Inmigración de EE. UU. (USCIS) sobre SIJ: visite el sitio web de USCIS para obtener formularios oficiales, pautas y actualizaciones relacionadas con el estatus SIJ.
- Residencia Permanente Legal Basada en la Clasificación de Jóvenes Inmigrantes Especiales (SIJ)
Oficina de Reasentamiento de Refugiados: una oficina de administración para niños y familias
Programa de Menores Refugiados No Acompañados de la Oficina de Reasentamiento de Refugiados
Consideraciones Especiales para la Clasificación SIJ
Cumplir 21 años dentro de las 2 semanas posteriores a la solicitud de SIJ
Si el menor cumplirá 21 años dentro de las 2 semanas posteriores a la presentación de la clasificación SIJ, puede comunicarse con USCIS para solicitar una cita acelerada SIJ para presentar el formulario I-360 en persona. La oficina local aceptará la petición, pondrá un sello de fecha en la primera página y le devolverá una copia. Luego enviará la solicitud y los documentos de respaldo a la caja de seguridad de USCIS, quien emitirá un aviso de recibo.
Consideración de Acción Diferida
A partir del 6 de mayo de 2022, USCIS está considerando la acción diferida para no ciudadanos con una petición I-360 aprobada para la clasificación SIJ, quienes no pueden solicitar un ajuste de estatus (residencia en los EE. UU.) porque una visa de inmigrante no está disponible de inmediato. La Acción Diferida difiere los procedimientos de deportación de un no ciudadano por un período de tiempo específico; sin embargo, no proporciona un estatus legal. USCIS realiza automáticamente determinaciones de acción diferida para estas personas y no es necesaria una solicitud de acción diferida por separado. Si se le concede la acción diferida, USCIS se lo notificará y usted será elegible para solicitar autorización de empleo durante el período de acción diferida.
Decisiones de clasificación SIJ
USCIS generalmente toma decisiones sobre las peticiones SIJ I-360 dentro de los 180 días posteriores a la presentación de la petición.
El estatus de Inmigrante Juvenil Especial es un programa vital de ayuda migratoria que ofrece protección y estabilidad a los menores vulnerables. En FitzGerald Law Company, nuestro equipo compasivo y solidario está dedicado a ayudar a los clientes en cada paso del proceso de solicitud de SIJ. Brindamos soporte legal integral, garantizando que toda la documentación necesaria se prepare con precisión y se presente de manera oportuna. Nuestros abogados comprenden la naturaleza delicada de estos casos y abordan cada uno con el cuidado y la atención que merece. Contáctenos hoy para una consulta con nuestros abogados con experiencia en inmigración SIJ; 617-303-2601.