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Situación legal de las órdenes ejecutivas de Trump y DACA

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    daca trumps executive

    Se ha escuchado mucho en los medios sobre las órdenes ejecutivas que Trump ha emitido referentes a inmigración. Antes de comentar la situación y las consecuencias de estas, conviene conocer qué es una orden ejecutiva firmada por el Presidente de los EE.UU. y su alcance legal.

    De acuerdo con el caso Indep. Meat Packers Asso. v. Butz de 1975:

    “Una orden ejecutiva es una norma u orden emitida por el Presidente y dirigida a una rama del poder ejecutivo para llevar a cabo una acción específica o cambiar una práctica en particular. Para tener efecto, las órdenes ejecutivas no necesitan la aprobación del Congreso pero pueden tener el mismo peso legal que las leyes aprobadas en el Congreso, si se emiten de acuerdo a un mandato estatutario o delegación de autoridad por parte del Congreso”. Esto quiere decir que una orden ejecutiva puede aplicarse si es consistente con la ley. También significa que el Presidente, a pesar de lo que muchos dicen, no puede crear leyes, simplemente puede priorizar su ejecución y especificar la forma en que se hará. Por ejemplo, una orden ejecutiva no puede hacer el aborto ilegal ya que, sólo el Congreso puede crear una nueva ley o cambiar una existente. Sin embargo, una orden ejecutiva puede hacer que una ley que ya exista sea prioridad en la ejecución, como cuando el Presidente John F. Kennedy obligó a las escuelas que practicaban la segregación de estudiantes por su color y lo puso como prioridad en su administración.

    Entonces, ¿cuáles han sido las 2 órdenes ejecutivas que han provocado tantos titulares en las noticias?

    1. Mejorar la Seguridad Pública en el interior de los Estados Unidos: esta orden ejecutiva establece que se retengan fondos federales de aquellas ciudades y estados que se rehúsen a ejecutar las leyes federales de inmigración, lo cual a veces contradice los objetivos y obligaciones legales de los gobiernos estatales y locales. También instruye al Departamento de Seguridad Nacional a crear un sistema que emita sanciones civiles financieras en contra de los extranjeros que se encuentren residiendo de forma ilegal en los Estados Unidos.

    Además, esta orden también elimina la orden anterior del Presidente Obama que enfocaba los recursos del Departamento de Seguridad Nacional (DHS) a detener y deportar a criminales peligrosos o a aquellos extranjeros que suponen una seria amenaza de seguridad. Por el contrario, la orden del Presidente Trump obliga a los oficiales de inmigración a enfocarse en detener y deportar a prácticamente todos los extranjeros que estén presentes ilegalmente, así no hayan violado ninguna ley criminal o no supongan una amenaza. Se espera que esto va a tener un serio impacto negativo en las comunidades de inmigrantes a lo largo del país, puesto que familias serán separadas y habrá criminales que no serán detenidos por la falta de enfoque en ellos. Además va a haber un gran incremento en el presupuesto del Departamento de Seguridad Nacional para poder cumplir estos requerimientos y esto desviará los recursos de otros proyectos importantes del Gobierno.

    La Corte Judicial Suprema de Massachusetts está revisando un caso para determinar si las “detenciones de inmigración” (solicitudes escritas ordenando a la policía y cárceles locales que retengan a una persona bajo custodia), son “legales”, para decidir si se debería permitir al gobierno estatal retener inmigrantes en custodia, puesto que estas detenciones no son órdenes de captura por conducta criminal emitidas por la corte.

    Leer la orden ejecutiva completa (en inglés)

    2. Proteger a la Nación de la entrada de terroristas extranjeros a los Estados Unidos: Esta orden suspende durante 120 días la admisión de refugiados Sirios a Estados Unidos y prohíbe durante 90 días la entrada de todas aquellas personas procedentes de 7 países que son mayoritariamente musulmanes: Irán, Iraq, Siria, Sudan, Libia, Yemen y Somalia.

    Leer la orden ejecutiva completa (en inglés)

    ¿Son estas órdenes ejecutivas legales?

    Muchos se han estado preguntando si las órdenes ejecutivas firmadas por Trump son legales, y si estas lo son, ¿por qué jueces federales han prevenido que se llevaran a cabo?

    Aquí es donde las demandas entran en juego. En la corte se está cuestionando si estas órdenes son legales o no, incluso si son constitucionales. La Constitución de los Estados Unidos establece el procedimiento por el cual las leyes son creadas y un Presidente no puede crear leyes. En cambio, el papel del Presidente es el de ejecutar las leyes creadas por el Congreso y las leyes no pueden violar los derechos protegidos por la Constitución.

    Se considera que estas órdenes violan la Constitución y provisiones de la Ley de Inmigración y Naturalización de 1965 (The Hart- Celler Act) que prohíbe toda discriminación en contra de los inmigrantes basada en la nacionalidad de origen.

    Entonces, ¿Qué va a pasar?

    ¿Es posible que Trump revoque la visa o el estatus migratorio de alguien? En realidad él no puede hacerlo. Existen provisiones de la ley que controlan las visas y los estatus de inmigración, los cuales pueden ser revocados pero existen unos procedimientos muy claros que tienen que ser seguidos para hacerlo.

    DACA: Programa de Acción Diferida para los llegados en la Infancia

    ¿Qué va a pasar con los jóvenes inmigrantes que actualmente están protegidos por el programa de DACA? No sabemos si la administración del Presidente terminará con el programa DACA, pero hoy día, las aplicaciones de DACA siguen siendo aceptadas y aprobadas.

    Sin embargo, el Presidente podría terminar con este periodo de acción diferida concedida a los beneficiarios de DACA, pero la posibilidad de que esto pase es muy pequeña porque la ley no permite al gobierno “cobrar” el dinero de las personas sin otorgarles un beneficio. Si se llegaran a quitar los beneficios otorgados a los receptores de DACA, o si se rechazaran las aplicaciones pendientes, entonces los individuos dejarían de recibir los beneficios por los que han pagado y esto va en contra de la ley.

    Acerca de Desmond P. FitzGerald:

    El abogado Desmond P. FitzGerald es Director General de la firma legal FitzGerald Law Company en Boston, MA. y es litigante penalista y de inmigración. Como tal, ha litigado exitosamente más de un centenar de casos de inmigración en la corte Federal y cuenta con más de 20 decisiones que han creado jurisprudencia. El abogado FitzGerald está admitido por el Bar para ejercer derecho en Massachusetts, , New Hampshire, Florida, y Washington D.C. y es miembro activo de la Asociación Americana de Abogados de Inmigración (AILA por sus siglas en inglés) y de la Asociación Nacional de Abogados de Defensa Penal (NACDL por sus siglas en inglés). Para mayor información en español, visite: https://www.fitzgeraldlawcompany.com/espanol.