Obteniendo la residencia o “Green Card” a través de un Empleo (Agosto 2014)
February 14th, 2024
Estimados Amigos(as),
Dado que la economía continúa en recuperación y las tazas de empleo siguen subiendo, el tema de la residencia o “Green Card” a través de empleo toma relevancia de nuevo. Empleadores pueden conseguir empleados calificados y dedicados a largo plazo, mientras que los empleados pueden beneficiarse no solo obteniendo su propia Residencia Permanente Legal de los Estados Unidos, sino también la de sus cónyuges e hijos. Sugerimos a todo empleador y empleado que dialoguen sobre esta opción cuanto antes ya que las residencias por trabajo toman tiempo en procesarse y por lo tanto es beneficial comenzar lo antes posible. Nuestro boletín de este mes hace un resumen de quien es elegible para la residencia a través de empleo, los requisitos necesarios y el proceso por el cual esta se obtiene. Como siempre por favor comparta este boletín en sus redes sociales y reenvíe a quien crea le pueda ayudar esta valiosa información.
- ¿Quién es Elegible para una Residencia/Green Card por Empleo?
- Primera Parte del Proceso para la Residencia por Empleo: La Certificación Laboral (LCA)
- Segunda Parte del Proceso para la Residencia por Empleo: La Petición de Inmigración para Trabajadores Extranjeros, I-140
- Tercera Parte del Proceso para la Residencia por Empleo: El Ajuste de Estatus (I-485) o Procesamiento Consular
- Otros Beneficios de las Peticiones de Residencia basadas en Empleo
1. ¿Quién es Elegible para una Residencia/Green Card por Empleo?
Las personas elegibles para la residencia o “Green Card” basada en empleo, generalmente están bajo una de las siguientes 3 categorías:
- Ejecutivos de Empresas Multinacionales o extranjeros con habilidades extraordinarias;
- Empleados calificados patrocinados por un empleador americano, o
- Individuos invirtiendo un monto sustancial en EE.UU. que puedan generar 10 posiciones de tiempo completo para trabajadores americanos.
Generalmente, el solicitante debe tener un empleador que esté dispuesto a patrocinarlo y que tenga la capacidad económica de hacerlo, es decir que el empleador pueda cumplir con el salario predominante para la posición; a menos de que el solicitante esté bajo la categoría de dueño de empresa, ejecutivo o extranjeros con habilidades extraordinarias, quienes no necesitan cumplir con el proceso de certificación laboral (“LCA”). Adicionalmente, los dueños de empresa y los extranjeros con habilidades extraordinarias pueden hacer la petición de residencia por si solos sin necesidad de un empleador.
2. Primera Parte del Proceso para la Residencia por Empleo: La Certificación Laboral (LCA)
Para la mayoría de las peticiones de residencia por empleo, el proceso de certificación laboral es generalmente el primer paso para obtener la residencia (“Green Card”) por trabajo. Por medio de este proceso el empleador debe demostrar:
- Que el empleado extranjero no le estará quitando empleos a trabajadores americanos, y
- Que el salario y las condiciones del trabajo ofrecido son las predominantes (o más comunes) en la industria y lugar donde el trabajo se ejecutará, y por ende no tendrá un impacto negativo en los salarios ni en las condiciones de trabajo de trabajadores americanos.
El proceso de certificación laboral conlleva solicitar al gobierno el salario predominante en la industria y lugar donde se va a realizar el trabajo, al igual que seguir las directrices de reclutamiento establecidas para determinar si hay algún candidato americano calificado que desee el trabajo. Si no hay trabajadores americanos que estén calificados y dispuestos a tomar esta posición, el departamento de empleo certificará la solicitud de Condición Laboral o LCA.
3. Segunda Parte del Proceso para la Residencia por Empleo: La Petición de Inmigración para Trabajadores Extranjeros, I-140
Cuando la aplicación para la certificación laboral (LCA) sea aprobada, el empleador deberá presentar una petición de inmigración para trabajadores extranjeros, formulario I-140 dentro de los siguientes 180 días. Para poder presentar la solicitud I-140, el empleador peticionario debe mostrar evidencia clara de la capacidad de la compañía para cumplir con el salario predominante. Esto es hecho generalmente presentando las declaraciones de impuestos de la empresa. Es importante tener en cuenta que si la empresa o empleador peticionario no declara suficientes ingresos netos o declara perdidas en sus declaraciones de impuestos, esto tendrá un impacto negativo en la solicitud de residencia del empleado.
4. Tercera Parte del Proceso para la Residencia por Empleo: El Ajuste de Estatus (I-485) o Procesamiento Consular
Cuando la fecha de prioridad del LCA este al día o “current”, el empleado puede presentar la solicitud de ajuste de estatus, formulario I-485, si se encuentra dentro de los Estados Unidos. Si el solicitante se encuentra en el extranjero, este deberá procesar la petición de residencia por empleo en un consulado americano. Para presentar el ajuste de estatus, el empleado debe cumplir con los requisitos de elegibilidad para la residencia, los cuales incluyen: tener estatus de inmigrante legal en el momento de presentar la aplicación y no haber violado ninguna de las condiciones de su visa de inmigrante; o de lo contrario, ser elegible para la ley 245i.
En algunos casos, las personas pueden aplicar para el ajuste de estatus al mismo tiempo de presentar la petición I-140. Sin embargo, la I-485, o el ajuste de estatus no será adjudicada si la petición por un trabajador extranjero, I-140, no es aprobada.
5. Otros Beneficios de las Peticiones de Residencia basadas en Empleo
Las peticiones de inmigración por trabajo se pueden utilizar también para traer familiares que están fuera de los Estados Unidos, si un empleador esta dispuesto a aplicar por ellos. Esto también puede proveer un beneficio a la persona que se encuentra dentro de los Estados Unidos indocumentada o ilegalmente, ya que una vez un miembro inmediato de familia obtenga la residencia por empleo, la persona indocumentada puede ser elegible para un perdón o “waiver” de inadmisibilidad.
Si se encuentra en Massachusetts o en el área de Nueva Inglaterra y desea ayuda para la preparación de su petición de residencia, llame a nuestra oficina para pedir una cita con uno de nuestros abogados expertos en inmigración por empleo en Boston, al: (617) 303-2600
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Sinceramente,
El equipo FitzGerald & Company